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Plano jurídico


Para comenzar, ¿Qué dice la normativa vigente de nuestro país sobre este concepto? Según la Constitución de la República Oriental del Uruguay, Art. 40: “La familia es la base de nuestra sociedad. El Estado velará por su estabilidad moral y material, para la mejor formación de los hijos dentro de la sociedad.”


También existe una definición para familia en el Código Civil, Art. 545: “ [...] la familia comprende el cónyuge y los hijos legítimos y naturales[...] comprende asimismo el número de sirvientes [...] las personas que [...] vivan con el cohabitador o usuario y a costa de éstos; y las personas a quienes deban alimentos.”


Según la Ley 14.219, Art. 20; la familia es: “ [...] cónyuge del arrendatario, ascendientes o descendientes de primer grado o hijos adoptivos que convivan con aquél.”










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Cada uno le da un significado a la familia, pero las circunstancias de la época y de la sociedad propician varios tipos de familia. Anteriormente había un modelo familiar estereotipo: Un hombre y mujer casados, con hijos, el padre trabajador y proveedor y la madre ama de casa, a esta se le llama familia nuclear. Actualmente hay muchas formas diversas de familia por ejemplo un matrimonio sin hijos, con hijos o hijos provenientes de otra relación, una pareja ya sea heterosexual u homosexual que no están casados, una pareja homosexual con hijos adoptivos, entre otros.  A su vez a lo largo del tiempo se fue presentando distintos modelos de familia basados en la jerarquía y la autoridad ejercida en el ambiente del hogar. En primer lugar se presenta el modelo piramidal, el poder se da de forma autocrática en donde el padre se encuentra en la cima, por debajo la madre y por último los hijos. En segundo lugar, en el modelo circular el poder se pacta en acuerdo con todo el núcleo, no hay...